Bienvenido/a : Invitado
Acosta y Lara (+598) 2917 01 31 (+598) 2915 87 83 Zabala 1542 piso 3 mapa Lun. a Vie. 9:30 a 18:30 hs.

Acosta y Lara & Asociados

La vocación por el Derecho y el ejercicio liberal de la profesión esta ligado al apellido Acosta y Lara desde 1917, año en el cual el Escribano Guzmán Acosta y Lara Medina fundó el primer Estudio jurídico notarial, al que se sumó luego su hijo Manuel Acosta y Lara Sosa Días y sus nietos, completando así las primeras tres generaciones.
Con el correr de los años y los cambios en la sociedad y el Estado, el Estudio fue incorporando nuevos profesionales y especializándose en distintas áreas del Derecho. El Dr. Guzmán Acosta y Lara Romero, nieto del fundador y continuador de ese ejemplo y vocación por el Derecho y el servicio público, inaugura una nueva etapa en 1995: Acosta y Lara & Asociados.
Acosta y Lara & Asociados/ Abogados – Escribanos - Contadores - Consultores, cuenta con una nueva y moderna infraestructura, estratégicamente ubicada en la Ciudad Vieja, acorde a los tiempos y necesidades del hoy, constituyéndose así, en una Empresa de servicios jurídicos, notariales, contables y de consultoría Empresarial.

Derecho de Familia

Asesoramiento en divorcios, disolución de sociedad conyugal, capitulaciones matrimoniales, sucesiones, donaciones, legados, etc.

Especialistas en defensa de bienes litigiosos de origen sucesorio.Particiones Judiciales y Extrajudiciales de bienes.Seguimiento de derechos sucesorios en el Exterior.

Contable

Brindamos un asesoramiento integral en un solo lugar. Liquidación de sueldos,y pagos a funcionarios, confección de recibos, liquidaciones de egreso, nominas, altas, bajas en BPS, pago de impuestos, auditoria contable, y financiera.

uDe esta manera usted terceriza en el Estudio liquidación de sueldos y pago de haberes, reduciendo costos y teniendo un Asesoramiento jurídico-contable, evitando pérdidas de tiempo y traslados.Hemos a...

Derecho Civil

Damos un completo asesoramiento durante las distintas etapas, del negocio jurídico.

Desde su inicio en la etapa  pre contractual y contractual, eligiendo los adecuados instrumentos jurídicos de acuerdo a sus necesidades, intervenimos  si es necesario  en la negociación y puesta en ma...

Real State

Asistimos al inversor privado nacional y extranjero dando un asesoramiento integral, jurídico, notarial y contable, para proteger su inversión y obtener la mayor rentabilidad.

Nuestro equipo de profesionales altamente especializados garantiza la confiabilidad de los instrumentos jurídicos elegidos para proteger su inversión, asegurando su confidencialidad.Tenemos experienci...

Derecho Comercial y de la Empresa

Tenemos un equipo interdisciplinario que asesora en todas la etapas de formación de la empresa, compraventa de acciones, fusiones, adquisiones, Due Diligence, representación de accionistas, negociaciones difíciles, y convenio de sindicalización de acciones.

Damos un asesoramiento integral para evitar conflictos societarios, que pongan en riesgo la continuidad de la Empresa.Asesoramos a Empresas familiares en su proceso de crecimiento, dotando de instrume...

Servicios notariales

El Departamento Notarial es fundamental en toda operación inmobiliaria, fundamentalmente mediante la redacción de contratos de compraventa de inmuebles y de constitución de garantías, así como el trabajo registral y su seguimiento.

Gobierno extenderá subsidio a trabajadores de los sectores más afectados por la pandemia

Se extiene el seguro de desempleo especial hasta el 31 de marzo de 2022

Control de Voto elecciones nacionales y departamentales. Circular de la Corte Electoral

El control del voto sera desde el 25 de enero de 2021 hasta el 25 de mayo de 2021

MANUAL DE BUENAS PRACTICAS PARA EL TELETRABAJO OIT

Lo OIT (Organización Internacional del Trabajo) elaboro un Manual de buenas practicas para la realización del Teletrabaj...

MODIFICACIONES NOTARIALES Y LABORALES EN LA LEY DE URGENTE CONSIDERACION

PRINCIPALES MODIFICACIONES NOTARIALES INTRODUCIDAS EN LA LUC La Ley de Urgente Consideración, ley Número 19.889 (en ade...

El TELETRABAJO UNA NECESIDAD.

EL TELETRABAJO . UNA NECESIDIDAD . A raíz de la pandemia que estamos sufriendo, las empresas privadas y el sector pub...

El AMOR EL CASAMIENTO Y LA SUCESION

Estimados clientes y amigos comparto una nota que no es de mi autoría sino de un colega argentino que si bien correspo...

19/Dic

Acta de Consejos de Salarios del Servicio Domestico

Se establecieron los aumentos de Consejos de Salarios para el servicio domestico desde el 1 de julio de 2025 y se fijaron las nuevas categorías que son tres: general, cuidados y cocina. Con respecto a la prima por presentismo la misma a partir del año 2026 sera prorrateada de acuerdo a la cantidad de faltas. También se estableció una licencia especial por cuidados.

27/Nov

INFORME BENEFICIOS Y DISPOSICIONES DEL ACUERDO DEL CONSEJO DE SALARIOS TRANSPORTE INTERNACIONAL

Informe para Empresas – Beneficios y Disposiciones del Acuerdo Salarial del Subgrupo 08 (Transporte Internacional) El presente informe resume los principales beneficios, obligaciones y disposiciones establecidas en el Acuerdo del Consejo de Salarios del Grupo 13, Subgrupo 08 (Transporte Terrestre de Carga Internacional), firmado el 21 de noviembre de 2025. Su propósito es facilitar a las empresas del sector una comprensión clara y operativa de los puntos de impacto directo en la gestión laboral. 1. Comisión Tripartita - Se crea una comisión integrada por representantes del Poder Ejecutivo, empleadores y trabajadores. Cuando la comisión lo entienda necesarios podrá invitar a DGI, Bps, Aduana, IGTSS, etc) - Objetivo: proponer acciones para garantizar el cumplimiento normativo y mejorar la actividad, incluyendo informalidad, salud mental y libreta por puntos. 2. Vigencia y Ajustes Salariales - Período: 1/07/2025 al 30/06/2027. - Ajustes semestrales: julio 2025, enero 2026, julio 2026, enero 2027 y correctivo final julio 2027. - Los incrementos salariales varían para salarios mínimos y para salarios superiores a mínimos. 3. Retroactividad - La retroactividad generada entre 01/07/2025 y 30/10/2025 se abonará mediante una partida única de $5.000 y corresponde también a trabajadores ingresados o egresados en proporción al tiempo trabajado. 4. Beneficios y Condiciones Laborales Específicas • Horas Extras: - Se mantienen las disposiciones del Decreto 154/87 y normas posteriores. - Para viajes internacionales, las horas extras se pagan al 100%. • Viáticos: - Choferes en cabina sencilla perciben viático de pernocte. - Ajustes basados en IPC y tipo de cambio de cada país. - Se mantienen valores históricos fijados en dólares con ajustes según costo de vida internacional. • Jornales Asegurados: - Se garantizan 18 jornales mensuales para trabajadores con más de 10 jornales trabajados. - Incluyen 8 horas comunes + 4 horas de compensación por eventuales horas extras consideradas simples. • Feriados: - Los feriados se abonan incluyendo horas habituales y permanentes. - Aplican para: 1/1, 1/5, 18/7, 25/8 y 25/12. • Uniformes: - Choferes: 2 equipos verano + 2 equipos invierno. - Un equipo de lluvia completo cada 3 años. • Lactancia: - Reducción de jornada hasta 50% por 6 meses tras licencia maternal. - Se paga proporcionalidad más 1 hora adicional. • Igualdad de Oportunidades: - Compromiso para promover igualdad de trato, sin discriminación por sexo, raza, orientación sexual u otros. • Sanciones: - Las sanciones caducan a los 3 años y dejan de integrar la foja del trabajador. • Licencia Sindical: - Media hora mensual por trabajador (hasta 200 h) en empresas con más de 4 trabajadores. - Aportes adicionales a SUTCRA para dirigentes nacionales (Aporte CATIDU por empresa). - Reglas claras de aviso previo y justificación. . Curso de cargas peligrosas - Serán de costo exclusivo de las empresas. Si el trabajador es desvinculado se le descontara el costo del mismo en la proporción al tiempo que falte para el vencimiento de la habilitación para ejercer la función. 5. Descanso Semanal y Condiciones en Viajes Internacionales - El domingo es el día de descanso. - Si se viaja y rueda un domingo: se pagan 3 jornales. - Si el camión permanece detenido: se pagan 2,5 jornales. - Viajes iniciados domingo entre 18 y 20 h: horas dobles. - Si el viaje inicia después de las 20 h: se paga un jornal común. - Después de cada viaje de 24 h: descanso obligatorio de 12 h o pago doble. 6. Prevención de Conflictos - Las partes se comprometen a no adoptar medidas por temas salariales o beneficios acordados. - Procedimiento obligatorio de negociación bipartita y conciliación en MTSS. 7. Acuerdo Catidu-Sutcra para dirigentes nacionales - Catidu abonara mensualmente al Sutcra un monto de $200 por empresa afiliada ascendiendo en este momento a $ 8.000 mensuales para los dirigentes nacionales Conclusión El acuerdo establece un marco integral de beneficios y obligaciones que impacta directamente en la gestión de recursos humanos del transporte internacional. Se recomienda a las empresas implementar controles internos para asegurar el cumplimiento de jornales, viáticos, ajustes salariales y condiciones de descanso, así como actualizar procesos vinculados a uniformes, licencias y registros de sanciones.

07/Jul

Título: Pesca industrial: el incumplimiento de convenios colectivos amenaza el trabajo, las exportaciones y la soberanía nacional Por Guzmán Acosta y Lara Romero Abogado – Especialista en Derecho Laboral Uruguay atraviesa un nuevo conflicto en el sec

Título:Pesca industrial: el incumplimiento de convenios colectivos amenaza el trabajo, las exportaciones y la soberanía nacional Por Guzmán Acosta y Lara Romero Abogado – Especialista en Derecho Laboral Uruguay atraviesa un nuevo conflicto en el sector pesquero industrial, con un paro sindical que ha paralizado buques, frenado la operativa de las plantas procesadoras y afectado seriamente el cumplimiento de contratos de exportación. Pero este conflicto excede la coyuntura: lo que está en juego es el respeto a las reglas de juego, el cumplimiento de los convenios colectivos, el futuro del empleo en el sector y la soberanía sobre nuestros recursos naturales. El centro del problema es claro: un convenio colectivo vigente, firmado por las partes en el ámbito del Consejo de Salarios, ha sido desconocido de hecho por el sindicato, que ha decidido interrumpir unilateralmente las tareas. Esta decisión —más allá de cualquier legítimo reclamo laboral— rompe con el principio de buena fe que debe regir toda negociación colectiva y viola directamente lo establecido en la Ley N.º 18.566, que otorga fuerza legal a los convenios celebrados entre sindicatos y empleadores. Convenios colectivos: lo que se firma se debe cumplir En un sistema democrático de relaciones laborales, los convenios colectivos no son meras declaraciones de intención: son compromisos jurídicamente vinculantes. Su cumplimiento garantiza condiciones laborales dignas para los trabajadores y paz social para las empresas. Una cosa es negociar mejoras; otra, incumplir lo pactado. Cuando un sindicato desconoce un convenio firmado, no solo erosiona su credibilidad institucional, sino que genera graves consecuencias económicas y jurídicas. Es necesario que el ordenamiento jurídico imponga sanciones efectivas a quienes incumplen deliberadamente lo que firmaron, porque lo contrario equivale a fomentar la impunidad. Romper un convenio vigente es romper las reglas de juego. Y cuando las reglas no se respetan, las relaciones laborales se tornan inestables, la inversión se retrae y la seguridad jurídica se deteriora. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social tiene aquí un rol insoslayable: debe actuar no solo como mediador, sino como garante del cumplimiento del derecho. La pesca que no se realiza, la pesca que se pierde El impacto de este conflicto va mucho más allá de las partes involucradas. Mientras los barcos uruguayos están detenidos en puerto, los recursos del mar —merluza, calamar, corvina— siguen su curso natural y son capturados por flotas extranjeras, muchas veces de forma clandestina o en los márgenes de la legalidad. Esto implica una pérdida directa de soberanía sobre nuestros recursos naturales. Al no ser pescados por nuestra flota ni procesados por nuestra industria, terminan beneficiando a terceros países. Uruguay pierde divisas, pierde trabajo y pierde control sobre su propio mar. Este no es un tema menor. Los recursos pesqueros, como bien señala el informe de CERES (Centro de Estudios de la Realidad Económica y Social), son estratégicos para el país, y deben ser gestionados con visión productiva y soberana. Vivir de espaldas al mar, como ha hecho históricamente Uruguay, es una forma de desaprovechar una fuente de desarrollo nacional. Cifras que alarm Los datos son elocuentes: • En 2023 Uruguay exportó 64.889 toneladas de productos pesqueros por un valor de US$ 134,9 millones. • En los primeros siete meses de 2024, los envíos cayeron a US$ 93,6 millones, una caída de más del 30 %. • La flota industrial uruguaya tiene hoy 54 buques, con una antigüedad promedio superior a los 35 años. • El empleo directo en el sector pasó de 3.000 personas en 2011 a apenas 1.600 en 2022. Las principales plantas procesadoras, ubicadas en Montevideo y el interior del país, operan muy por debajo de su capacidad. La falta de faena por paros prolongados genera despidos, suspensiones y pérdida de productividad, mientras los contratos internacionales se incumplen y los compradores buscan proveedores más estables. CERES: el mar como oportunidad estratégica Según el informe de CERES, Uruguay podría aumentar en más de un 100 % su producción pesquera actual, sin afectar la sostenibilidad ambiental. Esto generaría más de 2.000 nuevos empleos directos, incrementaría los ingresos por exportación en US$ 200 millones anuales, y elevaría la masa salarial en más de US$ 5 millones por año. Pero para lograr ese potencial, es indispensable un marco de estabilidad institucional, cumplimiento de convenios colectivos, modernización de la flota y eficiencia administrativa. Cada día de paro cuesta a la industria decenas de miles de dólares, y en algunos casos la suspensión completa de viajes implica pérdidas superiores a US$ 80.000. Uruguay necesita una mirada proactiva hacia el mar. Debe dejar de considerarlo como una frontera lejana y empezar a verlo como un espacio de soberanía productiva, exportadora y laboral. Conclusión El conflicto actual en la pesca no es un episodio aislado. Es el reflejo de una crisis más profunda: la pérdida de institucionalidad en las relaciones laborales, la falta de cumplimiento de lo firmado, y la ausencia de una política de Estado hacia el mar. Cumplir los convenios colectivos es una obligación legal, no una opción. Y su incumplimiento —por parte de empleadores o sindicatos— debe tener consecuencias. Solo así se puede preservar el orden, promover la inversión y proteger el empleo. Uruguay necesita reglas claras, respeto a los acuerdos, visión de futuro y compromiso con sus propios recursos. Solo así podrá recuperar su lugar en el mapa pesquero global, con empleo de calidad, exportaciones sostenidas y soberanía reafirmada.

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