El Capítulo II del proyecto de Ley sobre Transparencia Fiscal que se esta tratando en el parlamento que integra la rendición de cuentas, establecería importante regulación para los titulares de acciones de sociedades comerciales.
Es obligatorio comunicar al BCU y establece un cronograma de cumplmiento de esta obligacion. A) Para entidades residentes con acciones al portador y no residentes con EP o sede de dirección efectiva en Uruguay: 30/09/2017.B) Para entidades con acciones nominativas, sociedades personales y demás entidades: 30/06/2018. Importantes sanciones que van desde U$$22 000 dolares por contravencion hasta suspensión de certificado Unico de DGI entre otras sanciones.
https://medios.presidencia.gub.uy/tav_portal/2016/noticias/NO_U022/presentacion.pdf